El Método ROPA (Recepción de Ovocitos de la Pareja) se ha convertido en la primera elección para las parejas cuyos miembros son dos mujeres. Hasta el momento la técnica más empleada en estos casos era la Inseminación Artificial o la Fecundación In Vitro, utilizando el semen de un donante. La misma técnica que utilizan muchas mujeres que deciden tener un hijo sin pareja. 

La Maternidad Compartida, ¿en qué consiste el Método ROPA (Recepción de Ovocitos de la Pareja)?

En la técnica del Método ROPA una de las mujeres se somete a la estimulación ovárica y aporta los óvulos que se inseminan con el semen del donante elegido. Una vez fecundados se transfieren al útero de su pareja, que será la que gestará el embarazo y dará a luz.

De este modo de Reproducción Asistida, las dos mujeres se implican en el embarazo: una como madre genética y la otra, como madre gestante.

El proceso es idéntico al que se emplea en una FIV en la que se utiliza semen donado. La diferencia radica en transferir los embriones obtenidos, ya que será su pareja quien los reciba. Ésta previamente habrá sido sometida a un tratamiento, también hormonal, para lograr que el endometrio tenga el grosor adecuado para que el embrión pueda implantarse. 

En el Método ROPA se considera que ambas mujeres son las madres biológicas del bebé. Una porque ha aportado al niño su material genético mientras que la otra será su madre gestante.

Este método cuenta con tasas de éxito similares a las de cualquier otra Fecundación Asistida, ya que se utilizan los embriones de mayor calidad y se busca que el estado del endometrio sea el más adecuado para que el tratamiento funcione.

La legislación y Método ROPA 

La Maternidad Compartida, como también se conoce al Método ROPA, se está convirtiendo en la opción más deseada por las parejas lesbianas pero no es posible acceder a ella en todos los países, ya que cada país tiene una legislación diferente respecto al tema de la reproducción asistida. 

En el nuestro, la reproducción asistida para aquellas mujeres que quieran formar una familia, independientemente de su estado civil u orientación sexual, está amparada  por el artículo 6 de la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida.

Por lo tanto, en España toda mujer, mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar, podrá someterse a un tratamiento de reproducción asistida bien sea: por inseminación intrauterina con semen de donante (IAD), fecundación in vitro (FIV), donación de los dos gametos, femenino y masculino o la transferencia de preembriones donados por otras parejas.

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